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Se convierte en delito tirar escombros sin autorización

Entrará al Código Penal del Estado

Nota publicada el 22 de septiembre de 2016
por Elizabeth Vargas

El Pleno del Congreso de Baja California aprobó el dictamen número 107 de la Comisión de Justicia, mediante el cual se adiciona el artículo 339 Bis al Código Penal del Estado, con el fin establecer que se castigará penalmente a aquella persona que tire residuos de la industria de la construcción, en lugares no autorizados para ello.

Con esta modificación, cuyo inicialista es el diputado Fausto Gallardo García, se inscribe en el referido Código que “se impondrá prisión de tres meses a un año y multa de cincuenta a quinientos días de salario mínimo vigente en la entidad, al que descargue o deposite un metro cúbico o más de residuos sólidos de la industria de la construcción en algún lugar no autorizado por las autoridades competentes”.

Asimismo, esta reforma avalada en la sesión ordinaria de hoy y propuesta por el legislador del Partido Verde Ecologista de México, dispone que “las mismas penas se impondrán a quien auxilie, coopere, consienta o participe en la comisión de las conductas previstas en el párrafo anterior”.

Por otro lado, también establece que cuando se tiren los mencionados residuos en un área natural protegida de competencia estatal o municipal, la pena se elevará hasta un año más de prisión y la multa hasta 500 días de salario mínimo vigente en la entidad.

En su exposición de motivos Gallardo García dio a conocer que, comúnmente, las personas que se dedican a la industria de la construcción, no obstante que incluyen en sus servicios los costos relacionados con la disposición final de los residuos sólidos derivados de esta actividad comercial, ello no se realiza en los lugares autorizados por la autoridad competente a fin de obtener un mayor beneficio económico.

Lo anterior, refirió que genera la disposición clandestina de escombro principalmente en áreas verdes, arroyos, drenes y barrancas, lo que inevitablemente tiene un efecto negativo en la salud de las personas, en el medio ambiente y la imagen urbana.

Ante lo cual, aseveró el legislador, se evidencia la necesidad de realizar acciones, como la presente reforma, que induzcan a la adopción de buenas prácticas ambientales en la planificación, diseño, construcción y operación de un proyecto, obra o actividad.

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