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Que no restituyan magistratura a Ex Procuradora

Exhorta en análisis el Sistema Estatal Anticorrupción

Nota publicada el 31 de julio de 2019
por Elizabeth Vargas

Por unanimidad, la Comisión Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción emitió un exhorto al Congreso de Baja California para que al momento de resolver la solicitud de reincorporación como magistrada de la exprocuradora de Justicia del Estado, Perla del Socorro Ibarra, tome en consideración el análisis jurídico que se elaboró para tal fin.

El estudio jurídico señaló en sus conclusiones que el “otorgamiento de la licencia en las condiciones y circunstancias ocurridas permite advertir que el reingreso de la ex Procuradora de Justicia del Estado, a su cargo de Magistrada Numeraria, sería inconstitucional acorde al artículo 116 fracción III de la de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por los artículos 58 tercer párrafo y su fracción IV inciso d, 60 y 66 de nuestra Constitución local”.

Ibarra solicitó en dos ocasiones al Congreso local la separación temporal del cargo de magistrada del Poder Judicial por casi seis años en total, la primera a partir del 7 de noviembre de 2013 y la segunda el 7 de noviembre de 2016, para ocupar la titularidad de la Procuraduría General de Justicia del Estado, así como su posterior solicitud al Congreso del Estado para reintegrarse en al cargo de Magistrada a partir del día 12 de julio del 2019.

Esta situación puede transgredir de manera directa disposiciones constitucionales y legales que establecen el marco jurídico del régimen de incompatibilidades e impedimentos para ostentar un cargo público y pedir licencia temporal para ostentar otro, cuya relación dado el nivel y funciones, se encuentra acotado por la Constitución para salvaguardar el principio de división de poderes, evitar el conflicto de interés, garantizar los frenos y contrapesos y la imparcialidad judicial.

Para los representantes ciudadanos del SEA es conveniente atender este asunto, a fin de prevenir y combatir factores estructurales que podrían facilitar o autorizar decisiones que propicien una multiplicidad de conductas y condiciones para la posible comisión de hechos presumiblemente de corrupción o de faltas administrativas.

El análisis jurídico advierte que las licencias temporales cada una por tres años son inconstitucionales y es improcedente su reingreso al Poder Judicial para continuar de nuevo con su cargo como magistrada, toda vez que de acuerdo al artículo 116 constitucional federal, fracción III, porque no se puede ocupar el cargo de Magistrado a quien el año anterior fue Procurador de Justicia del Estado, ya que Perla del Socorro Ibarra nunca perdió su carácter de magistrada, ya que las licencias otorgadas sólo suspenden el servicio y no el cargo. Este impedimento se recoge además en el artículo 60 de constitución local.

En los artículos 104 al 107 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Baja California advierte que las licencias podrán disfrutarse una sola vez cada año y su otorgamiento solo podrán ser hasta por seis meses, “por lo que las otorgadas por mayor temporalidad a lo señalado en ley, devienen en nulas de pleno de derecho, al ser contrarias al marco legal, de ahí que no sea posible su convalidación”.

Además el artículo 66 de la Constitución local prohíbe a los magistrados del Poder Judicial del Estado, durante el tiempo de su encargo, aun cuando tengan carácter de interinos no podrán aceptar ni desempeñar empleo o encargo en la Federación, Estado o Municipios o de particulares, salvo los cargos no remunerados en asociaciones científicas, docentes, literarias o de beneficencia, ni podrán litigar tampoco..

Los magistrados del Poder Judicial en el ejercicio de una licencia no dan por terminado su encargo sino que sólo se encuentra suspendido el servicio de manera temporal durante el lapso de la licencia otorgada. “Lo que se concluye que, al seguir contando con el cargo de magistrada, no podía aceptar ni desempeñar empleo o encargo en la Federación, Estado o Municipios ni de particulares, como lo hizo Perla del Socorro Ibarra.

En su caso, el Congreso de Baja California debe analizar y, en su caso, aprobar o rechazar la reincorporación de la exprocuradora al Poder Judicial como magistrada numeraria.

La exprocuradora pidió al Congreso que se dé por terminada de manera anticipada su licencia, la cual le había sido otorgada por tres años, y que contaba con fecha de vencimiento al 7 de noviembre del 2019, su reincorporación al Poder Judicial del Estado de Baja California, en su cargo de Magistrada Numeraria., se notifique al Poder Ejecutivo y Poder Judicial ambos del Estado de Baja California de la decisión que se tome acorde a los efectos legales a que haya lugar y se ordene la publicación del acuerdo respectivo que se tome en el Periódico Oficial del Estado de Baja California.

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