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Publican acuerdo para levantar veda de camarón

En el Pacífico y en el Golfo de California

Nota publicada el 12 de septiembre de 2016
por Elizabeth Vargas

El gobierno Federal publicó este lunes el acuerdo por el que se da a conocer que se levanta la veda temporal para la pesca de todas las especies de camarón en las aguas marinas de jurisdicción federal del Océano Pacífico, incluyendo el Golfo de California, así como de los sistemas lagunarios estuarinos, marismas y bahías de los estados de Baja California Sur, Sonora, Sinaloa, Nayarit, Jalisco y Colima, publicado el 19 de febrero de 2016.

El acuerdo no puntualiza en ninguno de sus puntos la situación del Alto Golfo de California y lo que ocurrirá con la veda en San Felipe y Bahía Kino por el programa de protección de la vaquita marina

En la consideraciones señala:

Que el aprovechamiento del camarón en el litoral del Océano Pacífico y Golfo de California, ha generado el establecimiento de pesquerías comerciales de particular importancia económica y social que es necesario administrar y regular para asegurar la sostenibilidad de la pesquería en el tiempo y maximizar los beneficios económicos al sector que depende de ésta.

Que el establecimiento de periodos de veda para la pesquería de camarón, es una de las principales medidas de manejo que contribuye a proteger los máximos periodos de reproducción y reclutamiento de los organismos, induciendo al final de dicho periodo a obtener tallas de mayor valor comercial e incrementar los montos de producción del recurso por efecto de la suspensión de pesca durante el periodo de veda.

Que con la protección del periodo reproductivo, el reclutamiento de organismos y el aseguramiento del remanente reproductivo de las especies de camarón por zonas mediante la veda, se espera asegurar la renovabilidad de dichas poblaciones y generar beneficios económicos al sector.

Que el 19 de febrero de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se establece veda temporal para la pesca de todas las especies de camarón en las aguas marinas de jurisdicción federal del Océano Pacífico, incluyendo el Golfo de California, así como de los sistemas lagunarios estuarinos, marismas y bahías de los estados de Baja California Sur, Sonora, Sinaloa, Nayarit, Jalisco y Colima.

Que en recientes evaluaciones se ha venido considerado la influencia de los aspectos ambientales sobre las diversas especies de camarón, registrándose efectos diferenciados para cada especie, ya que por ejemplo el fenómeno ambiental conocido como "El niño" tiene impactos adversos sobre el camarón azul, por lo que desde la temporada 2015-2016, se ha encontrado que esta especie en la parte norte del Golfo de California presenta menor abundancia, por lo que se requiere particular seguimiento del comportamiento de su abundancia, previéndose para el final de la temporada, medidas de conservación adicionales.

Que el Instituto Nacional de Pesca (INAPESCA), a través de sus Centros Regionales de Investigación Pesquera, llevó a cabo evaluaciones del recurso camarón en las regiones del litoral del Océano Pacífico con el objetivo de conocer el estatus que guardan las poblaciones de esta especie y recomendar las fechas más apropiadas para iniciar en 2016 el aprovechamiento de camarón en el Océano Pacífico.

Que con base en las opiniones técnicas No. RJL/INAPESCA/DGAIPP/1274/2016, RJL/INAPESCA/DGAIPP/1275/2016, RJL/INAPESCA/DGAIPP/1276/2016, RJL/INAPESCA/DGAIPP/1295/2016, y RJL/INAPESCA/DGAIPP/1301/2016, emitidas por el INAPESCA, las cuales consignan los resultados de los muestreos y evaluaciones biológico-pesqueras de las poblaciones de camarón realizados por el INAPESCA durante la temporada de veda, se determinó que las poblaciones de camarón en sistemas lagunarios estuarinos presentan tallas comerciales y biomasa para ser capturados a partir de fechas diferenciadas; en tanto que en aguas marinas se determinó que el reclutamiento hacia esas zonas permite el aprovechamiento a partir del 20 de septiembre.

Que en sesión del Comité Nacional de Pesca y Acuacultura, celebrada el 31 de agosto de 2016, con la participación de los representantes de la Cámara Nacional de la Industrias Pesquera y Acuícola, la Confederación Mexicana de Cooperativas Pesqueras y Acuícolas, S.C. de R.L. de C.V., la Confederación Nacional Cooperativa Pesquera, S.C. de R. L., la Unión de Armadores del Litoral del Océano Pacífico, A.C. y otras agrupaciones de productores del litoral del Océano Pacífico, habiéndose escuchado sus planteamientos y consideraciones, se determinaron las fechas para dar inicio a la temporada de aprovechamiento del recurso camarón en las aguas de jurisdicción federal ubicadas en dicho litoral.

ARTÍCULO PRIMERO. Se levanta la veda temporal para la pesca de todas las especies de camarón existentes en las zonas y fechas que a continuación se indican:

Las fechas:

I.- A partir de las 06:00 horas del 12 de septiembre de 2016, en los sistemas lagunarios estuarinos, marismas y bahías ubicados en los Estados de Sonora, Sinaloa, Jalisco y Colima, con excepción de los sistemas lagunarios estuarinos del Sur de Sinaloa, ubicados en los Municipios de Mazatlán, Rosario y Escuinapa.

II.- A partir de las 18:00 horas del 25 de septiembre de 2016, en los sistemas lagunarios estuarinos del Sur de Sinaloa, ubicados en los Municipios de Mazatlán, Rosario y Escuinapa, con excepción en este último, de las marismas Palmillas y La Concha.

III.- A partir de las 06:00 horas del día de entrada en vigor del presente Acuerdo, en los sistemas lagunarios estuarinos y marismas del Estado de Nayarit y en las marismas Palmillas y La Concha del Municipio de Escuinapa, en Sinaloa.

IV.- A partir de las 18:00 horas del día de entrada en vigor del presente Acuerdo, en el sistema Lagunar Bahía Magdalena-Almejas en el Estado de Baja California Sur, excepto los esteros y canales estuarinos adyacentes.

V.- A partir de las 06:00 horas del 15 de octubre de 2016, en los esteros y canales estuarinos adyacentes al sistema Lagunar Bahía Magdalena-Almejas en el Estado de Baja California Sur.

VI.- A partir de las 06:00 horas del 20 de septiembre de 2016, en las aguas marinas de jurisdicción federal del Océano Pacífico, desde la frontera con los Estados Unidos de América, Golfo de California, hasta los límites con la República de Guatemala, con excepción de las aguas marinas frente a la costa occidental de la Península de Baja California, en cuya zona autorizada se levantará la veda temporal para la pesca de todas las especies de camarón a partir de las 18:00 horas del 20 de septiembre de 2016.

ARTÍCULO SEGUNDO.- La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, así como la Secretaría de Marina vigilarán el estricto cumplimiento de este Acuerdo, cada una en su ámbito de atribuciones.

Este acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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