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Presentó Asociación de Agentes Amparo Indirecto por omisión del Congreso

Reclaman policías del estado y municipios Seguridad Social

Nota publicada el 1 de junio de 2020
por Elizabeth Vargas

La Asociación del Agente de Seguridad Pública Municipal de Ensenada, presentó este lunes ante el Juez de Distrito en turno, un amparo indirecto por Omisión Legislativa para reclamar de forma solidaria con policías de Mexicali, Tijuana, Tecate y Playas de Rosarito una serie de disposiciones en beneficio de los policías municipales.

El Presidente de la Asociación de Capitán en retiro, Ramón Fimbres Obregón presidente de la Asociación del Agente de seguridad Pública Municipal A.C., y el abogado Mario Eduardo Mejía Flores presentaron dicho documento.

La inconformidad de los agentes se da luego del asesinato de dos agentes policiacos de Tecate, quienes estaban a asignados como custodio de un militar, Director de policía de dicho municipio hecho que reactivó las demandas de los agentes.

El Amparo reclama el cumplimiento de reformas a la Ley de Seguridad Pública del Estado en particular lo que se refiere a Seguridad Social para los agentes que debería de ser otorgada a cada una de las Instituciones Policiales a sus miembros, familias y dependientes de acuerdo con esta Ley por los Ayuntamientos con los que trabajen.

Este reclamo incluye La afiliación del miembro, de sus familiares y dependientes a un sistema de seguridad social.

Prótesis gratuitas en los casos en que el Miembro sufra la perdida de alguna parte de su cuerpo en cumplimiento de su deber.

Tratamiento psicológico o psiquiátrico gratuito cuando así lo requiera el miembro.

El otorgamiento a los familiares y dependientes que designe el Miembro como beneficiarios, de un seguro de vida o pago póstumo único por muerte en cumplimiento del servicio; este último, con independencia de las condecoraciones y estímulos económicos que se deban otorgar para el caso de que el agente haya fallecido por salvar o proteger la vida de una o varias personas.

El otorgamiento a los familiares y dependientes que designe el policía de un importe por concepto de apoyo para gastos funerales.

Licencias al agente con derecho a remuneración por accidentes y enfermedades profesionales, enfermedades no profesionales y maternidad.

En su caso, pensión por jubilación, retiro, invalidez y muerte, para el policía o para los familiares y dependientes que para tal efecto designe como beneficiarios.

En caso de fallecimiento del agente, asegurar a sus descendientes y dependientes menores de edad el acceso a la educación básica, media superior y superior Publica.

El acceso a créditos para que el policía pueda obtener vivienda.

Si con motivo del inicio de un procedimiento de separación definitiva o responsabilidad administrativa se ordena la suspensión preventiva del agente, este, sus familiares y dependientes continuaran gozando de las prestaciones de seguridad social hasta en tanto no quede firme la correspondiente resolución conforme a las disposiciones aplicables.

Como fundamento de este amparo indican que la Ley de Seguridad Pública del Estado de Baja California, fue reformado por el Decreto 125 de la XXII Legislatura del Estado publicado en el Periódico Oficial No. 50, Sección III, tomo CXXIV, de fecha 10 de noviembre de 2017, reforma que entró en vigor al día siguiente de su publicación y que estableció los mínimos que deberán considerarse como seguridad social para los miembros de las instituciones policiales del estado y municipios de Baja California.

Pese a que pasaron los ciento ochenta días de la entrada en vigor del Decreto referido, para que se emitieran las disposiciones reglamentarias y demás medidas necesarias para desarrollar y hacer efectivo el derecho a la Seguridad Social el plazo transcurrido ha sido excesivo para que los Diputados desarrollaran la reglamentación municipal el sistema de seguridad social y complementario estipulado en la reforma.

Ante ello los agentes de la Dirección de Seguridad Pública Municipal de cuatro de los municipios, excepto Ensenada carecen de un sistema integral de prestaciones y de seguridad social, acorde a los derechos humanos.

En el caso de Ensenada el tema que sigue sobre la mesa es el de créditos para vivienda por lo que los Municipios deben de garantizar a los miembros de las institucionales policiales las mismas prestaciones de los trabajadores al servicio del Estado.

Derechos Reservados 2024. Queda prohibida la reproducción total o parcial de la nota sin la autorización previa y por escrito de Ensenada Net.

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