Mientras la posibilidad de que se reduzca el IVA al 8% en la Región Fronteriza es vista como un tema que será sencillo para los trámites fiscales y contables de las empresas, el de la reducción del ISR es analizado ya por expertos debido a que su aplicación será más compleja.
Marco Navarro Steck Presidente de la Coparmex en Ensenada y Contador Público de profesión precisó que en cuanto al IVA, la intención del gobierno federal al dar los beneficios de nuevamente tener un IVA diferenciado, que será la mitad del actual presuntamente 8% es un tema con el que ya se ha trabajado y no ofrece problemas.
Sin embargo, la novedad es el Impuesto Sobre la Renta, (ISR) que como impuesto diferenciado aún no se sabe cómo se va a implementar.
En entrevista Navarro Steck explicó:
En cuanto al Impuesto Sobre la Renta, lo que se debería hacer es limitar a que las operaciones que sean beneficiadas por esa disminución de impuestos sean efectivamente realizadas dentro de la región fronteriza.
Para controlar eso, por lo menos con lo del IVA, para que se tenga la tasa diferenciada, debe haberse hecho la operación con alguien de la misma región fronteriza pero si es alguien de afuera a quien se le ha prestado el servicio o hecho la venta la situación cambia.
¿Qué quiere decir?; Si alguien de la ciudad de México o Hermosillo, venia aquí y tú le entregabas un producto, por ejemplo una copa para venta, le aplicas la tasa del 8%.
Pero si tú agarras la copa de aquí y se la vendes desde Ensenada a Hermosillo y se la mandas para allá le tienes que facturar con el 16%, eso era con el IVA y eso es muy fácil porque entonces tenías facturas con el 16% y con el 11% y entonces ya pagas el IVA de lo que corresponda.
El problema con el impuesto de la renta es que se basa en utilidades, ¿entonces que va a suceder con aquellas empresas que tienen operaciones con otras empresas que están fuera de la región fronteriza? No lo sabemos.
¿Qué van a tener que llevar doble registro contable? ingresos o ventas para dentro de la región, e ingresos o ventas para afuera. Pero el ISR se calcula sobre una utilidad, entonces a la venta le restas lo que te costó, el producto que estas vendiendo, más los gastos aplicables a ello.
Entonces dices: bueno, si yo compro una copa y la voy a vender al interior de la república, ya sé cuándo me costó la copa ¿pero qué hago con los demás gastos como teléfono, gasolina, renta, luz?
Entonces tendrías que hacer un desglose y aplicar proporciones, eso sería lo lógico, ¿no?, decir de mis ventas totales del mes cuanto es para afuera y cuanto se quedó aquí.
Supongamos que la venta fue 80/20; 80 aquí en la región y 20 para afuera, ¿entonces qué le voy a restar al ingreso ese para tener la utilidad?
Lo que me costó lo que vendí, ya lo tengo identificado y de los gastos no son identificables porque solo pago luz, teléfono, gasolina y eso se debe aplicar un 20%. A esos gastos los pones como gastos, entonces determino la utilidad y a eso le aplico el 30% que eso fue lo que se vendió fuera.
Y tengo otro estado de resultados por este lado de ventas dentro de la región a la que le aplico el 20% del ISR porque en teoría no le podía aplicar el 20% reducido a todo, porque si no entonces si se vendrían empresas de fuera de la región a poner su domicilio fiscal aquí para poder vender al interior de la república y eso no se puede permitir. Entonces viene una complejidad en la implementación para el impuesto sobre la renta, finalizó.