Abogados someterán a consideración del Congreso de Baja California, una iniciativa de reforma para modificar cambios que se realizaron para la elaboración del testamento ològrafo en Baja California.
Héctor Moreno Neri, Presidente del Colegio de Abogados Independientes, lo dio a conocer ante el grupo Foro de Ensenada donde precisó que por propuesta de grupos de Notarios Públicos se realizó una reforma legal, por parte del Congreso de Baja California, para que solo ante ellos se pudieran escriturar testamentos.
Recordó que con anterioridad, se tenía la alternativa de realizar el procedimiento tanto ante notarios públicos como en el Registro Público de la Propiedad, donde en el mes de septiembre de cada año se realizaba un descuento ante ambas instancias para que la gente aprovechara la oportunidad de suceder con mayor seguridad a sus beneficiarios.
Sin embargo, ante la reforma legal autorizada por el Congreso del Estado, se convirtió este proceso en elitista, derivado a que no muchas personas pudieran acceder a los costos que representa el pagar a un notario público, aspecto que generó que abogados plantearán ante diferentes legisladores la importancia de regresar al esquema anterior.
Se dijo positivo se pueda tener una buena respuesta de la iniciativa que será sometida ante el Pleno del Congreso, esperándose empatía a la necesidad de la comunidad en general, dejándoles alternativas para poder suceder a quienes consideren, sin que ello ocasione mayores complicaciones.
Reconoció que si hay una serie de procedimientos que se deben de cumplir en caso de un testamento ológrafo, sin embargo, la persona que lo elaboró ya no hereda problemas, sino que se puede tener una seguridad sobre su determinación de quien o quienes fue su deseo de sucederlo en la herencia de bienes inmuebles.
El presidente del Colegio de Abogados Independientes, habló de otros temas relacionados con la propiedad, entre los que destacó que muchas personas piensan que con solo las escrituras tiene la legalidad de un predio, sin embargo, no es así, debe tenerlo debidamente inscrito ante el Registro Público de la Propiedad, además de tener la seguridad que no se afecta a terceros.
En el caso de los ejidos, agregó que se deberá tener el consentimiento de los integrantes del ejido y no solo del presidente o la mesa directiva, o de lo contrario se pudiera contraer problemas.
También, es frecuente que los notarios públicos no revisen si al momento de venderse una propiedad no se analice si la persona está casada o no. No es suficiente con que el vendedor diga que está separado, se debe investigar porque pudiera generarse conflictos.
Aclaró que en el Registro Público de la Propiedad se tiene la obligación de revisar este aspecto, porque resulta que en ocasiones ese predio vendido la persona en realidad estaba casado(a), aspecto que genera complicaciones porque se vendió un predio donde también tenía derechos él o la cónyuge.