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Patrones deben contratar IMSS a empleadas domésticas

No aseguran con enfermedades preexistentes

Nota publicada el 7 de octubre de 2015
por Elizabeth Vargas

Mediante el pago de una cuota anual, los patrones que contratan trabajadores para realizar labores en el hogar, deben inscribir a éstos en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y otorgarles los beneficios de la seguridad social, informó el delegado regional, licenciado Francisco Iván Beltrones Burgos.

Indicó que el aseguramiento de trabajadores domésticos no es muy demandado ante la institución, no obstante la facilidad de adquirirlo, pero sobre todo, la importancia que representa contar con un seguro médico y la posibilidad de obtener subsidios por incapacidad y otorgarles una pensión.

El funcionario federal explicó que el seguro en mención contempla para el trabajador, los servicios de medicina familiar; atención quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria, así como las pensiones de invalidad y/o viudez; retiro en cesantía en edad avanzada (60 años) o por vejez (65 años); orfandad y ascendencia.

En esta modalidad, agregó Beltrones Burgos, se puede inscribir a personas que realizan trabajos de aseo o asistencia en actividades del hogar con un pago anual anticipado calculando una cuota sobre un sueldo mensual mínimo vigente.

Beltrones Burgos detalló que la inscripción se debe efectuar en las subdelegaciones administrativas del instituto, debe acudir el patrón y el trabajador. “la cuota ampara un año de vigencia y los beneficios incluyen al trabajador y sus beneficiarios legales a partir del primer día del mes siguiente de su pago.

Puntualizó que no se podrá asegurar al trabajador del hogar en caso de presentar alguna enfermedad preexistente como tumores malignos; enfermedades crónico degenerativas como complicaciones tardías por diabetes; enfermedades por atesoramiento (enfermedad de gaucher); padecimientos crónicos de hígado, secuelas por arritmias, ángor o infartos de miocardio; enfermedad obstructiva crónica con insuficiencia respiratoria; enfermedades sistémicas crónicas del tejido conectivo; adicciones como alcoholismo y otras toxicomanías; trastornos mentales como psicosis; demencia; enfermedades congénitas y Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida o Virus de Inmunodeficiencia Adquirida Humana Positivo (VIH).

“Es importante tomar en cuenta las restricciones antes señaladas, toda vez que en ningún caso el Instituto hará una devolución total o parcial de los pagos realizados para el trámite de inscripción; se recomienda solicitar información previa”, subrayó el funcionario.

En cuanto a los requisitos, indicó, se debe presentar identificación oficial del patrón y del trabajador; comprobante del domicilio de ambos; constancia de pago del aseguramiento; que el trabajador llene un cuestionario médico que proporciona el IMSS -en original- y dos fotografías por cada persona que se va a dar de alta.

Beltrones Burgos reiteró el exhortó a las personas físicas que contratan personal para su hogar, para que aprovechen este aseguramiento que le brinda la certeza de que su empleado será atendido en caso de enfermedad o accidente y le ofrece la oportunidad de obtener una pensión al concluir su etapa productiva.

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