El comentario que presentamos a continuación fue expuesto por el abogado Jaime Jimenez Mercado, por medio de las herramientas que hemos colocado para interactuar con la red social Facebook. Decidimos publicarlo en este espacio para integrarlo a nuestra hemeroteca.
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¿Como que delito simple doloso? A simple vista más bién parece tratarse de pandillerismo con propósito de robo y asalto.Lo que tradicionalmente se conocía como "asalto en camino real" y se penaba con la muerte por la premeditación, alevosia y ventaja con que se realiza esta conducta y la indefensión en que se ubica la víctima por la imposibilidad de evasión o defensa.
El lanzamiento de piedras en las carreteras, es con el propósito, generalmente, de provocar que el vehiculo en tránsito, se detenga y poder despojar a las personas que vayan a bordo de sus pertenencias e incluso del mismo vehiculo, sin impportarle al o los sujetos activos del delito, la vida y/o la integridad física de las personas que se transporten en el vehiculo. Generalmente los asaltantes están dispuestos a rematar a las vícitmas que opongan resistencia o sean testigos que los pongan en riesgo de ser procesados y plenamente identificados.
¿Como hace falta que se cumpla con el "principio de publicidad procesal" para conocer que es realmente lo que se concentra en el proceso penal y si se ha hecho un esfuerzo por identificar plenamente las circunstancias de hecho y la mentalidad del criminal, su peligrosidad y tener la seguridad de que han sido debidamente juzgados.
La minoridad de los demás intervinientes, quede claro, no es motivo de impunidad, como equivocadamente corre el rumor; estaban en el lugar y participaron en los hechos porque, muy probablemente, 'su participación´, dentro de la figura de pandillerismo, consistía en culminar con el robo, asalto y lo que fuere necesario para lograr sus proósitos.